Instrucciones previas y testamento vital.
Tus decisiones, por escrito y con serenidad.
Las instrucciones previas te permiten dejar por escrito hoy tus decisiones sobre los tratamientos médicos, por si un día no pudieras expresarlas tú. Son un gesto de cuidado hacia ti y hacia quienes te rodean, que no tendrán que adivinar qué habrías querido.
Qué son las instrucciones previas, en palabras sencillas
Un gesto de cuidado hacia ti y hacia quienes te rodean.
Son un documento en el que una persona deja por escrito su voluntad sobre los tratamientos médicos: cuáles acepta, cuáles rechaza, qué es importante para ella. Se aplican si, en el futuro, no pudiera decidir o comunicarse, por ejemplo tras un accidente o una enfermedad repentina.
Mucha gente lo llama «testamento vital». La ley lo llama instrucciones previas (Ley 41/2002, artículo 11); algunas comunidades autónomas hablan de voluntades anticipadas (por ejemplo, Cataluña o el País Vasco).
Cuatro preguntas, cuatro respuestas breves
La persona que habla por ti
En el documento puedes nombrar a alguien en quien confías (la ley lo llama representante) y será tu interlocutor con el equipo médico. Elígelo con calma y habla antes con esa persona: tiene que conocer bien tu voluntad para poder hacerla respetar.
En España, en resumen
Las bases las fija una ley estatal y cada comunidad autónoma regula los detalles. Aquí tienes lo esencial; para el resto, valen las fuentes oficiales.
Cómo se hacen
- Siempre por escrito, de una de estas formas: ante notario, ante tres testigos o ante el personal del registro de instrucciones previas de tu comunidad autónoma.
- Los testigos deben ser mayores de edad y, al menos dos de ellos, sin parentesco cercano ni relación económica contigo.
- Ante testigos o ante el registro no cuesta nada; ante notario, pagas sus honorarios.
- Una vez inscritas en el registro de tu comunidad, constan también en el Registro Nacional de Instrucciones Previas, que pueden consultar los médicos de toda España.
Fuentes: Ministerio de Sanidad, Registro Nacional de Instrucciones Previas · Ley 41/2002, de 14 de noviembre, artículo 11
Cómo se registran y se cambian
- Para que los médicos puedan encontrarlas, pide que se inscriban en el registro de instrucciones previas de tu comunidad autónoma.
- Puedes cambiarlas o revocarlas cuando quieras, siempre por escrito. Vale la versión más reciente.
- No se aplican si van contra la ley o la buena práctica médica, ni si no corresponden a la situación que habías previsto.
- Dale una copia a tu médico de cabecera y a una persona cercana, y cuéntales dónde está el original.
Fuentes: Ley 41/2002 (BOE) · Real Decreto 124/2007 (BOE)
Hablarlo con quienes quieres y con tu médico
Las instrucciones previas funcionan mejor cuando no son una sorpresa. Habla con tu representante, con tu familia y con tu médico. Tres frases para empezar:
Una copia de tus instrucciones previas, en buenas manos
Erabox no sustituye las formas que exige la ley: las instrucciones previas se hacen y se registran como se explica arriba. Con Erabox puedes guardar una copia a salvo, junto con una carta que explique tus decisiones con tus propias palabras.
Añade una copia
En una cápsula Documentos, con un mensaje para la persona que la recibe.
Elige quién la recibirá
Tu representante, un familiar, tu médico.
Elige cuándo
En una fecha concreta o cuando tu persona de confianza confirme que ha llegado el momento.
Puedes guardar tus instrucciones previas en todos los planes de Erabox.
Instrucciones previas y testamento vital: preguntas frecuentes
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Otras palabras, para otros momentos
Tus decisiones,
con tus propias palabras.
Escribe hoy la carta que acompaña a tus instrucciones previas.